AYUNTAMIENTO

Foto del Alcalde

Bienvenid@s, y gracias por visitar la nueva página web del Excmo. Ayuntamiento de Puebla del Maestre.

La nueva página Web del Ayuntamiento de Puebla del Maestre hace posible contactar entre quienes tenemos la responsabilidad de representar este municipio y todos aquéllos ciudadanos interesados en conocer la realidad de nuestro pueblo.

Es nuestro deseo que la misma sea un instrumento de aproximación al ciudadano, donde se puedan expresar opiniones, sugerencias o propuestas, así como una nueva forma de realizar gestiones y consultas municipales.

Agradecemos, por este motivo, los comentarios y formulas de participación que nos quieran hacer llegar sobre nuestro pueblo, los servicios municipales e, incluso, acerca de la misma web, cuyos contenidos y servicios nos esforzaremos en mejorar cada día.

Feliz visita y afectuosos saludos virtuales,

Manuel Murillo Silva.

Alcalde de Puebla del Maestre

Grupo Político PP Logo PP

D. Manuel Murillo Silva.- Alcalde- Presidente
Dña. Eduarda Sánchez Gato.- Teniente-Alcalde
D. Florentino Giles Navarro.- Vocal
D. Rafael Ramos Cañamares.-Vocal

Grupo Político PSOE Logo PSOE

D. Francisco Ramos Caballero.- Vocal
D. Julián Sánchez Gato.- Vocal
Dña. Mª José Luna Barrero.- Vocal

COMISIÓN DE URBANISMO, HACIENDA, CUENTAS, DEPORTES Y JUVENTUD.

Presidente: D. Manuel Murillo Silva.
Vocales:
Dª. Eduarda Sánchez Gato.
D. Francisco Ramos Rodríguez.

COMISIÓN DE AGRICULTURA, CULTURA Y FESTEJOS.

Presidente- Delegado: D. Florentino Giles Navarro
Vocales:
Dª. Eduarda Sánchez Gato.
D. Francisco Ramos Caballero.

COMISIÓN DE EMPLEO, COMERCIO Y BIENESTAR SOCIAL.

Presidente- Delegada: Dª Eduarda Sánchez Gato.
Vocales:
D. Manuel Murillo Silva.
D. Julián Sánchez Gato.

COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE, PARQUES Y JARDINES.

Presidente- Delegado: D. Rafael Ramos Cañamares
Vocales:
D. Manuel Murillo Silva.
Dª. Mª José Luna Barrero.

ORDEN de 12 de mayo de 2003, por la que se aprueba el Escudo Heráldico, para el Ayuntamiento de Puebla del Maestre.

El Ayuntamiento de Puebla del Maestre ha instruido el expediente administrativo para la adopción del Escudo Municipal. Dicho expediente fue iniciado por acuerdo del Pleno Corporativo, en sesión de 11 de marzo de 2003, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón.

Consta en dicho expediente informe del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura emitido con fecha 8 de mayo de 2003. Considerando que la sustanciación del citado expediente se ha ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 63/2001, de 2 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de las Entidades Locales; y en uso de las atribuciones conferidas por referido Decreto,

Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Puebla del Maestre, cuyo diseño se recoge en el Anexo I, con la siguiente descripción: “Escudo partido. Primero, de plata, cruz de la Orden Militar de Santiago. Segundo, de oro, dos lobos pasantes, de sable, puestos en palo. Entado en punta, de plata, una encina, de sinople, siniestrada de un cerdo, de sable. Al timbre, corona real cerrada”. Contra la presente Orden, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Presidencia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que tenga lugar la publicación de esta Orden, tal como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. También se podrá interponer directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden, el correspondiente recurso Contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.a) y el artículo 14.1 primera de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá impugnar en la vía contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la Desestimación presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime conveniente. Mérida, 12 de mayo de 2003.

Ayuntamiento de Puebla del Maestre
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924 512 125
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924 512 312
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924 512 290
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924 512025
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E-mail: ayuntamiento@puebladelmaestre.com

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